231104 - XXIII Encuentro Juridiccional

38 XXIII ENCUENTRO DE LA JURISDICCIÓN DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Hoy valdría la pena que los gobiernos acudieran al Consejo como órgano consultivo en temas de administración, se trataría simplemente de cumplir la idea con la cual el Libertador concibió la entidad de cuyos doscientos años de existencia hoy todos nos sentimos orgullosos. Todo lo anterior me lleva a manifestarles mi admiración, en particular a los magistrados de las secciones contencioso administrativa que durante años han ejercido con lucidez ética su noble oficio pero también a los integrantes de la Sala de Consulta y Servicio Civil quienes tienen la ardua labor de examinar las tendencias predominantes de las secciones contenciosas para advertirle al gobierno con claridad cuál es la opción más segura dentro de la jurisprudencia existente, lo que por supuesto les demanda un conocimiento enciclopédico y una investigación permanente para que el Estado no aumente condenas en su contra. Cuando de un tiempo a esta parte, el país ha entrado en un maremágnum legislativo cómo les convendría a todos acudir al Consejo de Estado para que la preparación sosegada de proyectos de ley y reformas constitucionales, nos evitaran tantos bandazos y construyéramos un ordenamiento jurídico más estable. Con sus decisiones en materia de derechos fundamentales y moralidad administrativa, el Consejo de Estado ha llamado a construir de manera significativa la consolidación de la paz, afortunadamente la Constitución de 1991 con indudable acierto amplió las funciones del Consejo de Estado, son muchos los gobernadores, alcaldes, diputados, concejeros y hasta congresistas a quienes se les ha decretado la nulidad de la elección por inhabilidades, incompatibilidades y en la

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