231104 - XXIII Encuentro Juridiccional

35 ENCUENTRO DEL BICENTENARIO buena parte de la concepción bolivariana, el Consejo de Estado, el artículo 141 de la Constitución de Núñez y Caro, atribuía entre otras competencias la de ser cuerpo consultivo del gobierno tal como aun lo conocemos, y esbozaba de alguna manera la de órgano supremo de lo contencioso administrativo así como la función de preparar proyectos de ley, de códigos que hoy, por cierto, debería ser mejor considerada por otros órganos del poder público, lo que nos ahorraría muchísimas improvisaciones. Me permito hacer la siguiente acotación, desde luego sin que se le vaya a dar a esta remembranza historia proyección alguna, para la actualidad es simplemente una anécdota histórica y es que tiempo atrás le correspondía al Vicepresidente de la República presidir el Consejo de Estado, hoy desde luego a nadie se le ocurriría revivir esta norma. El Consejo de Estado al igual que laVicepresidencia, fueron suspendidos durante el llamado “quinquenio” del dictador Reyes, quien convocó a una asamblea constituyente para extender, solo para sí, a cuatro años el periodo presidencial. Fue entre azarosa y divertida la supresión de la vicepresidencia como lo cuenta con gracia Óscar Alarcón Núñez en su documentado libro “ Los segundos de abordo” , pues la Vicepresidencia y el Consejo de Estado resultaban instituciones incómodas para el dictador, por lo cual acudió a un truco religioso para convencer a su renuncia al vicepresidente de entonces, el General González Valencia. Como el general había hecho votos de castidad en una de las batallas de los mil días, el dictador Reyes acudió a los servicios del nuncio apostólico, Monseñor Ragozzi, para que lo visitara en Duitama y le

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