231104 - XXIII Encuentro Juridiccional

ENCUENTRO DEL BICENTENARIO 277 • I N T E R V E N C I O N E S D E L O S P O N E N T E S ∙ dispuesta a aceptar que quien comete crímenes, negocia y se debe ir. Pero ¿cuándo pasó? ¿cómo pasó? El mejor ejemplo, quizá, es el proceso español. Para poder materializar la democracia en España, se acordaron tres cosas: i) el aceptar los partidos quehabíansido legalizados; ii) el aceptar lamonarquía; y iii) pasar lapágina. Es así como a finales de los 70 este era el mejor proceso de negociación y de conciliación de élites. No obstante, se tiene que España es uno de los países que tiene mayor número de demandas ante el Sistema Europeo por no investigar los crímenes que sucedieron durante la guerra civil. El franquismo y la situación catalana es una muestra de que el modelo de cohesión social producto de ese acuerdo no está funcionando tal cual como se hubiera esperado y eso pasa con muchos procesos de paz. Entonces, ese paradigma jurídico cambió frente a nosotros y tenemos que tenerlo muy claro. Uno negocia para perdonar pero ¿negocio para olvidar? ¿cómo olvida una víctima? ¡Mentira!, no existe tal cosa. ¿Yo negocio para castigar? el castigo no implica negociación, es decir, son una serie de elementos muy difíciles de manejar. En este escenario ¿cuál es el rol de la Corte Penal Internacional? ¿es un elemento que facilita, es un elemento que complejiza, es un seguro al final, es decir, cómo interpretar esta nueva realidad para la cual no se estudia en las escuelas de Derecho? Todavía esos elementos no han sido incorporados en el corazón de lo que estudiamos. Nosotros estudiamos derecho romano y obligaciones, pero estos temas no los tenemos muy claros.

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