231104 - XXIII Encuentro Juridiccional
26 XXIII ENCUENTRO DE LA JURISDICCIÓN DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO La expedición de dicho decreto no fue un hecho aislado, hizo parte de un conjunto de disposiciones que dictó Bolívar para dotar de autoridades administrativas, legislativas y judiciales al Estado en formación. Algunos afirman que la creación del Consejo de Estado obedeció más que todo a la intención del Libertador de sepultar las críticas que calificaban su gobierno de dictatorial y hay otros quienes señalan que con la creación del Consejo de Estado, Bolívar quería más que un control a sus actuaciones, evitar que se presentaran otros movimientos de rebelión como los propiciados por los generales Piar y Mariño, con el argumento que el Libertador ejercía una autoridad unipersonal, arbitraria y tiránica. En todo caso, el Consejo de Estado creado por Bolívar en 1817 difiere mucho del actual. Bolívar pretendió que mientras no se expidiera una Constitución, las leyes y los reglamentos que se publicaran fueran propuestos, discutidos y acordados en una asamblea, Bolívar veía al Consejo de Estado como una asamblea que por su número y la dignidad de sus miembros fuese merecedor de la confianza pública. En 1914, después de varios ires y venires y con el aval de la Constitución de 1886, el Consejo de Estado se consagró como cuerpo consultivo del gobierno en asuntos de la administración y Tribunal Supremo de lo Contencioso Administrativo. Posteriormente, con la expedición de la Constitución de 1991 la jurisdicción se fortaleció. Además de las funciones que se le habían asignado en varias reformas constitucionales y legales, se transformó en un juez de masas y un juez constitucional, en tanto se le asignó
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