231104 - XXIII Encuentro Juridiccional
194 XXIII ENCUENTRO DE LA JURISDICCIÓN DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ello lo reiteró en una nueva comunicación al Presidente del Congreso de Nueva Granada el 14 de agosto de 1813, en la cual le indicó “la próxima convocatoria de una Asamblea popular, para determinar la naturaleza del gobierno y la Constitución del Estado”, anunciándole la organización de los Departamentos Supremos de la Administración. 83 Posteriormente, desde Puerto Cabello, el 1 de febrero de 1814, Bolívar se dirigió al Congreso de la Nueva Granada donde le advirtió sobre el “crítico estado de Venezuela,” reconociendo definitivamente que: “las autoridades que existían en el momento de la capitulación de San Mateo, no pueden absolutamente reponerse; porque los individuos que las ejercían se hallan casi todos fuera de Venezuela y sería necesaria una elección popular para constituir legítimamente otros. No es posible realizar asambleas populares, cuando algunos pueblos son alterativamente ocupados por amigos y enemigos, y cuando la mayor parte de los ciudadanos están en el ejército; pero cuando fueran posibles las reuniones, serían muy peligrosas en una tal situación, a lo menos entorpecerían el principal objeto de repeler los enemigos, lo que incontestablemente sacrificaría la República.” Luego, el 6 de septiembre de 1815, en su famosa “Carta de Jamaica” (Contestación de un americano meridional a un caballero de esta isla) 84 , entre otros aspectos, expuso sus ideas políticas sobre el gobierno en 83 Ibídem., p. 30. 84 Véase en Simón Bolívar, Escritos Fundamentales , Monte Ávila Editores, Caracas, 1982, pp. 82 y ss.
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